Cómo no recibir propaganda electoral y pedir el voto por correo para el 29-N
Bajas a por el correo en plena campaña y el buzón casi no cierra, lleno de sobres de varias candidaturas con tu nombre y con el de cada persona empadronada en tu casa. Para las elecciones generales del domingo 29 de noviembre de 2026 te lo puedes ahorrar desde el móvil, siempre que lo pidas hasta el lunes 19 de octubre.
El BOE publicó el martes 6 de octubre el Real Decreto 806/2026, que disuelve el Congreso y el Senado y convoca las elecciones. Desde ese día corren varios plazos que se resuelven por internet, aunque no todos con el teléfono. La exclusión de la propaganda se pide en la sede electrónica del INE con Cl@ve. El voto por correo se solicita a Correos hasta el jueves 19 de noviembre, pero su formulario en línea pide un ordenador. A la mesa, en cambio, tendrás que llevar el DNI, el pasaporte o el carné de conducir físicos, porque la Junta Electoral Central mantiene suspendido el uso de MiDNI.
Hasta el 19 de octubre para que no te manden propaganda
Las candidaturas pueden pedir una copia del censo de su circunscripción, como prevé el artículo 41 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG), y el INE se la entrega para hacer envíos postales de propaganda. El artículo 39 te deja oponerte a salir en esas copias, y el trámite está en la sede electrónica del INE, del que depende la Oficina del Censo Electoral. Entras con Cl@ve, con el DNI electrónico o con un certificado digital, y envías la solicitud. En la prueba que publicó Xataka Móvil el 5 de octubre, el estado pasó de «Incluido» a «Excluido» nada más enviarla.
El INE explica que las exclusiones pedidas hasta el decimotercer día posterior a la convocatoria valen para esas elecciones y para todas las siguientes, mientras no pidas lo contrario. Contando desde el 6 de octubre, ese día es el lunes 19, ya que los plazos electorales se cuentan en días naturales. En las autonómicas de Castilla y León del 15 de marzo, el INE fijó ese límite en el 2 de febrero en su nota de prensa, y avisó de que las peticiones posteriores contarían para las siguientes elecciones. Pedida más tarde, la exclusión quedará apuntada para las próximas.
Cada persona tiene que pedirlo por su cuenta. Según la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), quienes estén empadronados en tu casa y no lo hayan solicitado seguirán recibiendo propaganda, y también pueden llegar los sobres que solo llevan la dirección, sin el nombre de nadie. Quien se excluyó a tiempo y aun así recibe propaganda a su nombre puede reclamar ante la Junta Electoral con el justificante que da la sede del INE y una copia del envío.
Sin Cl@ve, la exclusión se pide en el ayuntamiento, en un consulado o en la delegación provincial de la Oficina del Censo, con un impreso que te darán allí, según la ficha del trámite. Para darte de alta en Cl@ve sin salir de casa, su app hace una videoidentificación en la que grabas tu DNI por las dos caras y tu cara; de momento, solo para españoles con el DNI en vigor. Después, con Cl@ve Móvil, entrar en un trámite consiste en escanear un código QR o confirmar el aviso que llega a la app.
La Lista Robinson, de la que hablamos al explicar el prefijo 400 de las llamadas comerciales, sirve para la publicidad de las empresas. Para la propaganda electoral que llega por correo, la AEPD remite a la Oficina del Censo Electoral.
Los mensajes de los partidos en el móvil
Los SMS, correos electrónicos y mensajes de una candidatura van por otro camino. El artículo 58 bis de la LOREG permite a los partidos usar en periodo electoral datos personales sacados de webs y otras fuentes de acceso público, y aclara que su propaganda por medios electrónicos o sistemas de mensajería no cuenta como comunicación comercial. A cambio, cada envío tiene que dejar bien a la vista que es propaganda electoral y darte una forma sencilla y gratuita de oponerte. La AEPD aconseja usar esa vía y, si los mensajes siguen llegando, escribir al delegado de protección de datos del partido o reclamar ante la Junta Electoral competente.
Dónde votas y cómo corregir un error en el censo
La consulta del censo electoral del INE, también con Cl@ve, enseña tus datos de inscripción y, durante el periodo electoral, la mesa y la dirección del local donde te toca votar. Estas elecciones usan el censo cerrado el 1 de agosto de 2026. Además, la Oficina del Censo manda a cada elector una tarjeta censal con su sección y su mesa, y publicará en internet la lista definitiva de mesas y locales en los diez días anteriores a la votación.
El plazo de consulta y reclamaciones va del lunes 12 al lunes 19 de octubre, del sexto al decimotercer día tras la convocatoria. Solo se admiten tres motivos: errores en tus datos personales, un cambio de domicilio dentro de la misma circunscripción o no aparecer en ninguna sección pese a tener derecho. Si te mudaste a otra circunscripción (en la práctica, a otra provincia) después del 1 de agosto, votarás en la sección de tu domicilio anterior. Las reclamaciones se presentan en el ayuntamiento, el consulado o la delegación provincial de la Oficina del Censo, y las correcciones se publican el viernes 23 de octubre. En las autonómicas de Castilla y León, el INE también las admitió por su sede con Cl@ve y un certificado de empadronamiento. Para el 29-N, a 6 de octubre todavía no había dicho si hará lo mismo.
El voto por correo, hasta el 19 de noviembre
Puede pedirlo quien no vaya a estar en su localidad el día de la votación o no pueda acudir a la mesa, según el artículo 72 de la LOREG. Correos abrió el plazo el 6 de octubre y lo cierra el jueves 19 de noviembre, ese día incluido. Se puede pedir de dos maneras, y ninguna se completa solo con el móvil.
La solicitud por internet exige el DNI electrónico o un certificado digital y, según la página del trámite, tener instalado en el ordenador AutoFirma, el programa de firma electrónica de la Administración. Cl@ve no aparece entre los medios aceptados. Para usar el DNI electrónico necesitas un lector de tarjetas, aunque con un móvil Android con NFC puedes usar DNIeRemote, de la Policía Nacional, que lo convierte en lector del DNI para un ordenador con Windows o Linux. Comprueba antes que los certificados del DNI siguen activos, porque caducan a los 24 meses, antes que el propio documento, y se renuevan gratis en los puntos de actualización de las oficinas de expedición. Al terminar la solicitud, descarga el justificante.
En persona, la solicitud se hace en cualquier oficina de Correos, con el DNI, el pasaporte o el carné de conducir originales. Lo que sí adelantas desde el teléfono es la cita previa, que Correos ofrece en su app y en su web. Cuando una enfermedad impide ir, otra persona puede pedirlo en nombre del elector con un certificado médico oficial y una autorización hecha ante notario o en un consulado.
La Oficina del Censo enviará la documentación a partir del lunes 9 de noviembre, por correo certificado y a la dirección que indiques en la solicitud, que no tiene por qué ser la de tu casa. El cartero te la entregará en mano tras identificarte; si no estás, tendrás que ir a recogerla a la oficina. Una vez aceptada la solicitud, ya no podrás votar en tu mesa el 29 de noviembre.
El sobre con tu voto se entrega en persona en una oficina de Correos, con un documento de identidad, hasta el miércoles 25 de noviembre y en su horario habitual. Va sin sello, porque la ley dice que no necesita franqueo. Un sobre echado a un buzón no es válido. Lo estableció la Junta Electoral Central en su Instrucción 5/2023, después de las investigaciones judiciales por el posible uso fraudulento del voto por correo en las elecciones de mayo de 2023. Quien no pueda ir puede mandar a otra persona con una autorización firmada, una fotocopia de su documento y el del propio mensajero, y Correos ofrece un modelo de autorización.
Correos recuerda en su aviso de seguridad que nunca pide datos bancarios por ningún medio. Si te llega un SMS o un correo a su nombre que te pide dinero o datos, las pistas para reconocerlo son las mismas que con los mensajes falsos que suplantan a Amazon.
Si estás en el extranjero estas semanas
La solicitud por internet de Correos no vale para quien vive en España pero está fuera de forma temporal. Según el Ministerio del Interior, quien esté en el extranjero entre la convocatoria y la votación tiene que pedir la documentación en persona en el consulado o la embajada, inscrito como no residente en el registro de matrícula consular, como muy tarde el vigesimoquinto día después de la convocatoria, el sábado 31 de octubre. Las dos gestiones se pueden hacer a la vez.
Quienes viven fuera de forma permanente reciben la documentación sin pedirla y, cuando se resuelven los recursos contra las candidaturas, pueden descargar las papeletas de la web oficial. Votar por internet, en cambio, no es posible en ningún caso. La LOREG solo prevé hacerlo en la mesa, por correo y, desde el extranjero, también en las urnas de los consulados.
Por qué MiDNI no te sirve para votar
Si la app MiDNI de la Policía Nacional vale para identificarte ante la Administración y ante las empresas, ¿por qué no en la mesa electoral? El Real Decreto 255/2025 da a esa versión digital del DNI la misma eficacia que al documento físico para identificarte, y dio a empresas y administraciones hasta el 2 de abril de 2026 para prepararse. En unas elecciones, sin embargo, la última palabra la tiene la Junta Electoral Central. El 26 de marzo suspendió los acuerdos que permitían usar MiDNI y miDGT, la app de la DGT, al votar en la mesa o por correo, «hasta tanto se garantice» que la verificación de la identidad con esas apps es lo bastante segura.
La suspensión alcanza también al acuerdo del 5 de marzo, el que admitía MiDNI para pedir el voto por correo, recoger la documentación y entregar el sobre. La Junta la confirmó el 23 de abril para las andaluzas del 17 de mayo, y en los acuerdos que ha publicado desde entonces, hasta la sesión del 24 de septiembre, no hay ninguno que la levante. Correos, en su nota del 6 de octubre, pide los documentos originales.
En la mesa valen el DNI, el pasaporte o el carné de conducir con tu foto, como recoge el artículo 85 de la LOREG. Tienen que ser originales, aunque da igual que estén caducados, como admiten el Ministerio del Interior y la Junta Electoral, que ya en un acuerdo de 1999 recordaba haberlo resuelto varias veces. El resguardo del DNI en trámite no sirve, porque no lleva foto. Para votar basta un DNI caducado; para darte de alta en Cl@ve por vídeo, no.
Las fechas del 29-N y lo que puedes hacer con el móvil
| Fecha | Qué pasa | ¿Con el móvil? |
|---|---|---|
| Martes 6 oct | Convocatoria en el BOE; se abre la solicitud del voto por correo | Solo la cita previa en Correos; la solicitud en línea pide ordenador |
| Lunes 12 a lunes 19 oct | Consulta del censo y reclamaciones | La consulta, sí, con Cl@ve |
| Lunes 19 oct | Último día para que la exclusión de la propaganda valga en estas elecciones | Sí, en la sede del INE con Cl@ve |
| Viernes 23 oct | Se publican las correcciones del censo | — |
| Sábado 31 oct | Último día para pedir en el consulado el voto desde el extranjero | No, en persona |
| 31 oct a 4 nov | Sorteo de los miembros de mesa | — |
| Lunes 9 nov | La Oficina del Censo empieza a enviar la documentación del voto por correo | — |
| Viernes 13 a viernes 27 nov | Campaña electoral | — |
| Jueves 19 nov | Último día para pedir el voto por correo | Solo la cita previa |
| Miércoles 25 nov | Último día para entregar el voto por correo en Correos | No, en persona |
| Sábado 28 nov | Jornada de reflexión | — |
| Domingo 29 nov | Votación, de 9:00 a 20:00 | No; DNI, pasaporte o carné de conducir físicos |
Si lo pides antes de que acabe el lunes 19 de octubre, cuando bajes a por el correo en la campaña que arranca el viernes 13 de noviembre encontrarás solo los sobres de quien no lo haya pedido en tu casa y los que lleguen sin nombre.
Fuentes
- BOE: Real Decreto 806/2026, de 5 de octubre, de disolución del Congreso de los Diputados y del Senado y de convocatoria de elecciones (BOE núm. 248, de 6 de octubre de 2026).
- BOE: Ley Orgánica 5/1985, del Régimen Electoral General, texto consolidado (artículos 24, 26, 39, 41, 58 bis, 72, 73, 85 y 119), e Instrucción 5/2023 de la Junta Electoral Central, sobre la entrega personal del voto por correo (BOE del 9 de junio de 2023).
- BOE: Real Decreto 255/2025, de 1 de abril, por el que se regula el Documento Nacional de Identidad (artículo 13 y disposición transitoria tercera).
- Junta Electoral Central: acuerdos 81/2026 (5 de marzo de 2026), 113/2026 (26 de marzo de 2026), 154/2026 (23 de abril de 2026), 437/2023 (21 de junio de 2023) y 785/1999 (13 de mayo de 1999), e información para electores.
- INE, sede electrónica: exclusión de las copias del censo para propaganda electoral (y su ficha) y consulta de inscripción en el censo electoral, leídas el 6 de octubre de 2026. INE: nota de prensa de las elecciones a las Cortes de Castilla y León (23 de enero de 2026).
- Correos: nota de prensa del 6 de octubre de 2026, página del voto por correo, solicitud por internet, modelo de autorización y alerta de seguridad.
- Ministerio del Interior, Infoelectoral: procedimientos de votación.
- AEPD, preguntas frecuentes sobre procesos electorales: cómo evitar la propaganda postal, qué hacer si llega pese a la exclusión, el uso de tus datos por los partidos y los correos y SMS electorales.
- Cl@ve: registro por videoidentificación y Cl@ve Móvil. Policía Nacional, portal del DNI electrónico: app MiDNI, renovación de certificados y DNIeRemote.
- Xataka Móvil: cómo pedir desde el móvil que no te manden propaganda (5 de octubre de 2026).
- Imagen de portada: foto de MiguelAlanCS (Wikimedia Commons), tomada en las elecciones a las Cortes de Castilla y León de 2022, con licencia CC BY-SA 4.0; recortada y con texto. La portada se comparte con la misma licencia.

